San Lorenzo aprobó una ordenanza que limita las actividades ruidosas en plazas

La norma prohíbe el uso de parlantes y actividades deportivas después de las 22.30 en espacios públicos, salvo autorización municipal. Surgió a partir de reclamos vecinales.
Locales02 de febrero de 2026Sandra MorenoSandra Moreno

El Concejo Municipal de San Lorenzo aprobó este lunes 2 de febrero, en la primera sesión extraordinaria del año, una nueva ordenanza de convivencia ciudadana que establece restricciones horarias para el uso de plazas y espacios públicos de la ciudad.


La iniciativa, presentada por el bloque oficialista y acompañada por la oposición, fija que las actividades deportivas en plazas podrán desarrollarse únicamente entre las 7 y las 22.30. Para cualquier actividad fuera de ese horario será necesaria una autorización expresa de la autoridad municipal competente.
Además, la ordenanza prohíbe el uso de parlantes, equipos de música y amplificadores entre las 22.30 y las 7, con el objetivo de garantizar el descanso nocturno y la convivencia entre vecinos, salvo en los casos debidamente autorizados por el Municipio.
Desde el Concejo se informó que, una vez promulgada la norma por el Ejecutivo municipal, se dará a conocer el alcance de la medida mediante cartelería informativa en los espacios públicos.

El proyecto tuvo origen en reclamos de vecinos del barrio Combate, quienes manifestaron reiteradas situaciones vinculadas al uso indebido de plazas y espacios públicos, con ruidos molestos y conductas que no respetan las normas básicas de convivencia ni el descanso nocturno.

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