Nueva ley de trabajo. Capítulo Enfermedades inculpables. Consecuencias directas

El abogado Germán Candini explicó las nuevas exigencias para justificar ausencias por enfermedad y advirtió sobre posibles complicaciones para los trabajadores.
 
Actualidad18 de marzo de 2026Thomas DortoneThomas Dortone

Germán Candini, abogado especializado en derecho laboral, señaló que finalmente no se avanzó con la modificación del régimen de enfermedades inculpables en cuanto a la cobertura, por lo que se mantiene el esquema vigente de la Ley de Contrato de Trabajo. Sin embargo, advirtió que sí se incorporaron cambios importantes en los requisitos formales que deben cumplir los trabajadores al momento de justificar una ausencia por enfermedad o accidente no laboral.

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Entre las principales modificaciones, explicó que el trabajador deberá dar aviso durante la primera jornada de inasistencia y presentar un certificado médico que detalle diagnóstico, tratamiento y cantidad de días de reposo, además de contar con firma digital. También indicó que se busca implementar juntas médicas laborales en el ámbito de los ministerios de Trabajo. En caso de no cumplir con estos requisitos, el trabajador podría perder la remuneración del día y el presentismo. Por último, planteó dudas sobre la aplicación de estos cambios ante la reducción de personal en organismos laborales, lo que podría dificultar los controles y las instancias de negociación.

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